Declaración de la Renta [2021]

En Asesoría Ficobe le aseguramos el mejor resultado en su declaración de la renta. Nuestros servicios de gestoría ponen a su disposición asesores para ayudarle a que cualquier obligación tributaria esté bien presentada.

Confía en nuestra gestoría para realizar la declaración de la renta.

Para los que hayan visto sus rendimientos indebidamente retenidos en el ejercicio 2019 gestionamos al mismo tiempo la declaración de la renta y la solicitud de la devolución del IRPF.

¿Qué documentación necesitamos para hacer tu Renta?

Datos Personales

  • Documento Nacional de Identidad de todos los miembros de la Unidad Familiar.
  • Datos Fiscales o Referencia de la casilla 505 de la Declaración de la Renta 2021. Estos datos no serán necesarios si realizó la Renta con Ficobe el año pasado.

Situación Personal

  • Situación personal de todos los miembros de la Unidad Familiar.
  • Cambios en el estado familiar que se hayan producidos durante el ejercicio:  separaciones, divorcios o viudedad, pensiones compensatorias, nacimiento y/o adopción de hijos, convivencia con ascendientes y/o descendentes.
  • Certificados de seguros de vida, jubilación o enfermedad.
  • Certificado de invalidez.
  • Recibos o certificado emitido por la guardería de hijos menores de 3 años.

Sueldos y Prestaciones

  • Certificado de prestaciones y retenciones facilitado por la Seguridad Social, retenciones relativas a las cuotas de autónomos, prestaciones por jubilación, paro o accidentes.
  • Empleado extranjero desplazado (151): certificados de retenciones sobre salarios que te facilitarán las empresas donde trabajaste, modelo 151 del año anterior si lo presentaste o inscripción.

Autónomos

  • Registros fiscales y cartas de pago fraccionados.

Cuentas Bancarias

  • Certificado de cuentas bancarias.
  • Certificado de las aportaciones efectuadas en la cuenta vivienda.

Vivienda

  • Vivienda habitual: documentación relacionada con su adquisición, construcción o cualquier adecuación para minusválidos que se haya realizado en la vivienda durante el año fiscal.
  • Alquiler de la vivienda habitual: recibos de los pagos.
  • Propiedades inmobiliarias: recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
  • Arrendamientos: recibos de ingresos y gastos.
  • Certificado de préstamos hipotecarios.

Donaciones

  • Recibos de aportaciones hechas a entidades sin ánimo de lucro.

Transmisiones

  • Escrituras de transmisión de inmuebles.
  • Información de transmisión de participaciones y/o acciones de compañías.

Inversiones

  • Información fiscal sobre planes de pensiones, valores cotizados, fondos de inversión y otros activos financieros, así como certificados relacionados con la venta de acciones, participaciones sociales o criptomonedas.

En estos casos, necesitamos la siguiente documentación:

  • Copia del contrato laboral
  • Certificado laboral
  • Copia del DNI
  • Datos fiscales de la renta 2021

También podemos descargarle los datos fiscales de la renta 2021 a través de la página de la Agencia Tributaria, para ello necesitaremos datos de referencia de la renta presentada del ejercicio anterior.

Si ya ha sido cliente de Ficobe otros años seguro que tenemos buena parte de la información.

Para mayor información y para facilitarle los modelos de representación y contrato de prestación de servicios, ¡contáctenos! llámenos al T. +34 91 475 28 87 para concretar una cita.

Plazos y forma

Ya está oficialmente abierto el plazo de presentación de la declaración de la renta 2020/2021. El plazo se ha abierto este año el 7 de abril para renta y patrimonio. Al igual que ha ocurrido en otros años existe la posibilidad de acudir a la propia agencia tributaria para que confecciones nuestro borrador. Desde el 6 de mayo es posible que puedas solicitar la realización de tu declaración.

Puedes hacer la declaración por teléfono desde esa fecha y, a partir del 2 de junio también podrás solicitar su realización en las propias oficinas de la Agencia Tributaria. La fecha final para poder hacer uso de esta opción es el 30 de junio. No olvides que para que te atiendan en la Agencia Tributaria tienes que pedir cita previamente desde el 4 de mayo para el teléfono y desde el 27 de mayo para ser atendido presencialmente.

El 7 de abril de 2021 se inicia la Campaña de la Declaración de la Renta 2021 y durará hasta el 30 de junio.

Novedades

No se han introducido muchas novedades en la renta de este año, pero si hay que señalar que se han incrementado las deducciones por donativos. Por tanto, en la declaración de la renta 2021 será posible aplicar una deducción de un 80 % en los primeros 150 euros de las donaciones aportadas a ONGs y otras fundaciones.

Esta deducción podrá ser de un 35 % en el resto de las cantidades aportadas a estas mismas entidades. Respecto a los gravámenes autonómicos no hay grandes cambios en cuanto a las cantidades deducibles ni los porcentajes del impuesto.

Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social

Baja de 8.000 a 2.000 euros anuales el límite general de reducción aplicable por las aportaciones planes de pensiones, si bien el dicho límite puede incrementarse en 8.000 euros más para las contribuciones empresariales.

Eficiencia Energética

Nuevas deducciones aplicables a las cantidades invertidas en obras de rehabilitación de viviendas (habitual o arrendadas) que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia de las mismas y en los edificios residenciales, que sean acreditadas a través de certificado de eficiencia energética.

Nueva casilla Criptomonedas

En el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales derivados de transmisión de elementos se incorpora una nueva clave (O) donde aparecerán las “Monedas Virtuales” (casilla 1626). Ahí se deberán especificar los movimientos en criptodivisas que se pueden considerar transmisión efectiva (venta, cambio de moneda…). No obstante, operaciones como el “staking” o el minado deberán ir recogidos en otras casillas de acuerdo a la naturaleza de su rendimiento (del capital mobiliario, actividad económica…).

Ganancias excluidas de gravamen en supuestos de reinversión vivienda habitual

A efectos del cómputo del plazo de reinversión en las exenciones por reinversión en vivienda habitual y en entidades de nueva o reciente creación NO se tendrá cuenta el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 30 de mayo de 2020 (estado de alarma por Covid).

Gravamen de la base liquidable general

Se incorpora un nuevo tramo a partir de 300.000 euros con un tipo (estatal + autonómico) del 47% (Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021).

Qué hacer en caso de los ERTE

Una situación que se ha repetido de manera importante en el último año ha sido la relativa a los ERTE. A efectos de la declaración de la renta el ERTE se considera como un pagador desde el punto de vista fiscal. En este sentido, es importante considerar que en caso de haber tenido ingresos inferiores a 22.000 euros de un único pagador no tienes obligación de presentar declaración.

Esta cantidad se reduce a 14.000 euros en caso de más de un pagador. Debes valorar que, en la cuestión del ERTE, se considerará que es un pagador más. En estos casos será obligatoria la presentación de la declaración.

No olvides que en caso de que la declaración te salga positiva, tendrás la opción de fraccionar el pago en dos veces. Como novedad este año, para aquellas personas que tengan que pagar y hayan estado en ERTE, la Agencia Tributaria permite un plazo de pago de hasta 6 meses sin intereses.

Como puedes comprobar no hay grandes cambios en la declaración de la renta 2021. No obstante, es importante hacer bien tu declaración y dejarte asesorar por expertos si tienes dudas sobre como enfocarla.

Nuestros expertos podrán darte orientación sobre la mejor forma de hacer tu declaración de la renta del ejercicio 2021 y los datos a tener en cuenta.

Información Declaración de la Renta

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