Todos los becarios en prácticas cotizarán a partir de 2024

Hasta el 1 de enero de 2024 no entrará en vigor la cotización obligatoria de los becarios a la Seguridad Social.

Nueva cotización de las prácticas externas (curriculares y extracurriculares) de los estudiantes desde el 1 de enero de 2024

Entre las medidas de la reforma de la pensines 2023 encontramos la nueva regulación de la seguridad social para alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación. Conculte el esquema con la nueva cotización de los becarios a partir del 01/01/2024.

NOVEDADES

– Art. 211.8 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

– Se modifica la entrada en vigor de la inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación (D.A. 52.ª de la LGSS) hasta el 01/01/2024).

– Se amplía la posibilidad de suscribir un convenio especial para poder computar períodos de prácticas realizadas con anterioridad al 01/01/2024 a cinco años.

El Gobierno y los agentes sociales cerraron el pasado 15 de marzo de 2023 la segunda fase de la reforma de pensiones, concretándose en el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.

Junto a la batería de modificaciones impulsada por esta norma encontramos regulada la nueva cotización de los becarios desde el 1 de enero de 2024:

  • Los estudiantes en prácticas (remuneradas o no) empezarán a cotizar a la Seguridad Social desde el 1 de enero de 2024 (inicialmente esta medida fue fijada para entrar en vigor el 1 de octubre de 2023, no obstante, el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, retrasó su aplicación al 01/01/2024).
  • Se añade una D.A. 52.ª a la LGSS, que determina los términos de inclusión en el sistema de la Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación, que incluyen las realizadas por alumnos universitarios y de formación profesional —excepto los que hagan prácticas a bordo de embarcaciones, que lo harán en el Régimen Especial del Mar—.
  • La cotización por estos estudiantes en formación estará bonificada al 95 %.
  • No cotizan al MEI.
  • Existirán planes específicos por parte de la inspección de trabajo para evitar el fraude.
  • Se deroga de la D.A. 5.ª del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, que regulaba esta materia.

¿Cómo se regularán las prácticas de los becarios en 2024?

El Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, introdujo en la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) una disposición adicional quincuagésima segunda, que establece el nuevo sistema de prácticas de los becarios

Las empresas que acojan a becarios estarán obligadas a darles de alta en Seguridad Social, aunque las prácticas sean no remuneradas.

Y de qué tipo de prácticas y becarios estamos hablando?

Las prácticas realizadas por alumnado universitario de grados, máster, doctorado, títulos propios de la universidad, diplomas de especialización o de experto.
Las prácticas realizadas por alumnado de FP, siempre que no se presten en el régimen de formación profesional intensiva.

La obligación de las empresas de dar de alta a los becarios es indiferente de si sus prácticas son remuneradas o no. Todos deberán estar dados de alta.

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Estatuto del becario

Fuente: Iberley / Rtve

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