NIF revocados por hacienda: ¿Qué es? ¿cómo puedes solucionarlo?

La Agencia Tributaria está aplicando desde hace tiempo la revocación del NIF a determinadas empresas que cumplen una serie de requisitos para evitar el fraude. En este post te hablamos de cómo rehabilitar un NIF revocado, de las causas por las que se puede producir la revocación y de los efectos que tiene dicha revocación.

La Agencia Tributaria está procediendo a la revocación del NIF de entidades que incurran en alguno de estos criterios:

  • Durante un periodo superior a un año y después de realizar al menos tres intentos de notificación, hubiera resultado imposible la práctica de notificaciones al obligado tributario en el domicilio fiscal.
  • No hubiese presentado, durante 3 períodos impositivos consecutivos, declaración del Impuesto sobre Sociedades (Modelo 200).
  • Sociedades constituidas que no inicien la actividad económica en menos de tres meses que desde la solicitud del número de identificación fiscal sin causa justificada.
  • Existencia de deudas con Hacienda.
  • Hubiera comunicado (mediante declaraciones censales) a la Administración Tributaria el desarrollo de actividades económicas inexistentes.
  • Comunique el desarrollo de actividades económicas, de la gestión administrativa o de la dirección de los negocios, en un domicilio aparente o falso, sin que se justifique la realización de dichas actividades o actuaciones en otro domicilio diferente.
  • Se constate que un mismo capital ha servido para constituir distintas sociedades.

¿Qué efectos tienen la revocación del NIF?

La revocación de un NIF, tras su publicación en el Boletín oficial del Estado, tiene las siguientes consecuencias:

  • Cierre de la hoja registral por lo que no se podrán realizar inscripciones en el registro público.
  • Tampoco se podrán hacer cargos y abonos en cuentas de entidades de crédito.
  • No se podrán obtener certificados relativos a estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias.
  • Se producirá la baja en el registro de operadores intracomunitarios (ROI).
  • Finalmente, también se producirá la revocación del certificado digital que tenga el administrador de la sociedad.

Cómo conocer si un NIF ha sido revocado?

Se puede consultar en la Sede electrónica de la AEAT, y en su caso, se podrá consultar en el BOE la fecha de publicación de la revocación.

¿Se puede rehabilitar un NIF revocado?

En el caso en que el NIF de tu empresa haya sido objeto de revocación podrá ser rehabilitado si dejan de darse las circunstancias que dieron lugar a dicha revocación. Para rehabilitar un NIF revocado se deberán seguir los siguientes pasos:

  • Lo primero que tendrás que hacer es consultar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria si efectivamente el NIF ha sido revocado para ver la fecha de publicación de la revocación en el Boletín Oficial del Estado.
  • A continuación, deberás solicitar a la Agencia Tributaria la rehabilitación del NIF. Para ello deberás acreditar que ya no existen las causas que motivaron la revocación y, además, en el caso de que se trate de una sociedad mercantil, deberás aportar una identificación de las personas que tienen la titularidad del capital de la sociedad, la acreditación de que efectivamente existe una actividad económica y la documentación relativa al domicilio fiscal de la entidad. En el caso en que no se cumplan todos estos requisitos, la solicitud podrá ser archivada por la Agencia Tributaria sin realizar trámite adicional.
  • Finalmente, si se aporta toda la documentación legalmente establecida, la Agencia Tributaria deberá emitir una resolución. En el caso en que no exista una resolución expresa sobre la solicitud para rehabilitar el NIF revocado en el plazo de tres meses, se entenderá que la solicitud ha sido denegada.

Fuente: AEAT

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